Próximos eventos

<<  Septiembre 2010  >>
 Lu  Ma  Mi  Ju  Vi  Sa  Do 
    1  2  3  4
  6  7  8  9101112
13141516171819
20212223242526
27282930   

Visitantes

mod_vvisit_countermod_vvisit_countermod_vvisit_countermod_vvisit_countermod_vvisit_countermod_vvisit_counter
mod_vvisit_counterHoy120
mod_vvisit_counterAyer216
mod_vvisit_counterEsta semana120
mod_vvisit_counterÚltima semana1671
mod_vvisit_counterEste mes1087
mod_vvisit_counterÚltimo mes6242
mod_vvisit_counterTodos82967

Resuelve

a)    Ratificar la suspensión del proceso electoral de las elecciones del domingo 26 de Abril de 2009, de las cabeceras parroquiales de Palanda, San Francisco del Vergel y Valladolid, del cantón Palanda, de la provincia de Zamora Chinchipe, para la elección de las dignidades de Presiente y Vicepresidente de la República, Asambleístas Nacionales, Asambleístas Provinciales, Prefectos y Vice prefectos, Alcalde Cantonal y Concejales Municipales.

b)    CONVOCAR a las ciudadanas y ciudadanos empadronados que ejercen su derecho al voto en las Escuelas Teniente Hugo Ortiz y la Dolorosa, de la parroquia Palanda del cantón Palanda, de la provincia de Zamora Chinchipe en la Escuela Luis Rivadeneira Escobar, de la parroquia San Francisco del Vergel, del cantón Palanda, de la provincia de Zamora Chinchipe y , en la Escuela Francisco de Orellana de la parroquia Valladolid, del cantón Palanda, de la provincia de Zamora Chinchipe, para que el domingo 3 de mayo del 2009, ejerzan su derecho al voto para las dignidades de,  Presiente y Vicepresidente de la República, Asambleístas Nacionales, Asambleístas Provinciales, Prefectos y Vice prefectos, Alcalde Cantonal y Concejales Municipales.

c)    Disponer que los medios de comunicación social de las cabeceras parroquiales de Palanda, San Francisco del Vergel y Valladolid, del cantón Palanda, de la provincia de Zamora Chinchipe, se abstengan de difundir cualquier tipo de publicidad electoral de los candidatos o candidatas a las dignidades antes referidas.  Igual prohibición tienen los sujetos políticos que participan como candidatas o candidatos en dicho cantón.

d)    Para las elecciones en estas jurisdicciones se tomará en consideración lo dispuesto en la Resolución PLE-CNE-20-21-4-2009.

e)    Las elecciones en las mencionadas parroquias, se realizarán desde las 07H00 hasta  las 17H00, en los recintos antes referidos, y se considerará el mismo marco jurídico establecido para las elecciones del domingo 26 de abril del 2009, disponiéndose que sean los mismos ciudadanos y ciudadanas que fueron designados miembros delas Juntas Receptoras del Voto para las elecciones del 26 de abril del 2009, los que participen en esta nueva convocatoria.
Esta resolución entra en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.


Atte.
Dr. Eduardo Armendáriz Villalva
SECRETARIO GENERAL DEL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL.

 

Buscar

cne_re

Promoción electoral - Veeduría ciudadana

afiche_azul_ out

Usuario en línea

Tenemos 5 invitados conectado
Usted se encuentra aquí: Inicio Boletines EXTRACTO DE LA RESOLUCION PLE-CNE-1-28-4-2009

Más Leídas

Últimas Noticias

Últimos Boletines